El informe sitúa la tasa de reincidencia penitenciaria en el 13,3 % tras realizar el seguimiento de 17.890 personas que salieron de prisión en 2020.
De ellas, 15.506 no reingresaron en prisión por la comisión de un nuevo delito durante el periodo examinado.
La tasa baja respecto al estudio anterior
La investigación anterior, publicada en 2022, había fijado una tasa general de reincidencia penitenciaria del 19,98 %, aunque en aquella ocasión el seguimiento de las personas excarceladas en 2009 abarcó un periodo de diez años.
Si se utiliza únicamente el intervalo comprendido entre 2009 y 2013, equivalente al periodo temporal analizado en el nuevo informe, la tasa resultante fue del 14,56 %.
El 95,2 % de las personas reincidentes eran hombres
El perfil de las personas que volvieron a prisión se mantiene estable respecto a estudios anteriores.
El 95,2 % de los reincidentes eran hombres, mientras que el 88,2 % tenía nacionalidad española.
Además, el 69,4 % de las personas que cometieron un nuevo delito castigado con pena de prisión tenía entre 26 y 45 años.
La tasa de reincidencia entre las mujeres fue del 7,61 %, sensiblemente inferior a la registrada entre los hombres, situada en el 13,85 %.
Entre la población extranjera, el porcentaje fue del 8,01 %, mientras que entre las personas de nacionalidad española alcanzó el 15,06 %.
Grandes diferencias según el grado penitenciario
El estudio también refleja diferencias relevantes en función de la modalidad de clasificación penitenciaria desde la que se produjo la excarcelación.
Entre las personas que salieron desde segundo grado, régimen en el que cumple condena el 81 % de la población penada, la tasa de reincidencia fue del 17,91 %.
En el caso de quienes finalizaron su estancia penitenciaria desde tercer grado o semilibertad, el porcentaje descendió hasta el 6,61 %.
La reincidencia entre quienes accedieron a libertad condicional se situó en el 4,55 %.
Por el contrario, entre quienes fueron excarcelados directamente desde primer grado o régimen cerrado, la tasa alcanzó el 38,27 %. No obstante, solo el 2,6 % de las personas reincidentes procedía directamente de esta modalidad, la más restrictiva.
Más de la mitad reincide durante el primer año
El informe señala que el mayor riesgo de reincidencia se concentra durante los dos primeros años posteriores a la puesta en libertad.
En concreto, el 52,5 % de quienes volvieron a cometer un delito castigado con prisión lo hizo durante los primeros 12 meses después de abandonar el centro penitenciario.
La edad también aparece como un factor relevante. Según el estudio, cuanto mayor es la edad de la persona en el momento de la excarcelación, menor es la probabilidad de volver a delinquir.
Por cada año cumplido, el riesgo de reincidencia disminuye en un 5,7 %.
Los delitos contra la propiedad presentan la mayor tasa
Por tipología delictiva, los delitos contra la propiedad registran el porcentaje más elevado de reincidencia, con un 20,26 %.
Les siguen los quebrantamientos de condena no vinculados a violencia de género, con un 19,86 %, y los delitos contra el orden público, con un 16,13 %.
En el caso de los delitos relacionados con violencia de género, la tasa se sitúa en el 14,98 %.
En el extremo contrario aparecen los delitos contra la libertad sexual, con una reincidencia del 5,04 %, y los delitos contra la salud pública, con un 5,39 %.
También presentan porcentajes relativamente bajos los delitos contra el orden socioeconómico, con un 7,32 %, y los delitos de homicidio, con un 7,37 %.
La reincidencia baja al 6,74 % en las penas alternativas
El estudio dedica además un apartado específico a las penas y medidas alternativas al ingreso en prisión.
En estos casos, la tasa de reincidencia se reduce hasta el 6,74 %.
Esto significa que el 93,26 % de las personas que finalizaron en 2020 una medida penal alternativa no regresó posteriormente al sistema penitenciario para cumplir una pena privativa de libertad durante el periodo 2020-2024.
El informe señala igualmente que las tasas de reincidencia son menores entre las personas a las que, mediante resolución judicial, se les impone la realización de un programa específico como medida penal alternativa.
Fuente: Ministerio del Interior - Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Información elaborada periodísticamente por Periódico Policial a partir de la comunicación oficial.

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