El cambio reconoce este estatus tanto al personal funcionario de carrera como al personal laboral de la Administración Penitenciaria y busca reforzar la seguridad jurídica en el ejercicio de sus funciones.
La reforma pretende además evitar que, ante determinadas situaciones relacionadas con el desempeño profesional de estos trabajadores, puedan producirse criterios judiciales dispares.
Sus declaraciones e informes tendrán relevancia probatoria
La nueva condición tendrá efectos también en los procedimientos disciplinarios.
Las declaraciones e informes elaborados por el personal penitenciario en su condición de agentes de la autoridad tendrán relevancia probatoria y podrán considerarse suficientes para adoptar la resolución correspondiente, salvo que exista una prueba contradictoria que permita desvirtuarlos.
La modificación normativa refuerza así el respaldo jurídico de las actuaciones desarrolladas por estos profesionales dentro del ámbito penitenciario.
La Administración deberá indemnizar determinados daños sufridos en acto de servicio
La reforma incorpora igualmente un nuevo apartado destinado a garantizar el principio de indemnidad.
En virtud de este principio, la Administración General del Estado asumirá la obligación de resarcir a los funcionarios penitenciarios por los daños materiales o personales sufridos como consecuencia del ejercicio de su actividad profesional.
Esta protección se aplicará siempre que en la actuación del empleado público no haya mediado dolo, culpa o negligencia grave.
Separación del resto de internos si un funcionario penitenciario ingresa en prisión
La modificación de la Ley General Penitenciaria incluye además una garantía específica para aquellos funcionarios y funcionarias penitenciarios que puedan llegar a ingresar en prisión.
En estos casos, la normativa establece que deberán permanecer separados de otros internos e internas.
Con la entrada en vigor de la reforma este jueves, el personal de la Administración Penitenciaria pasa a contar formalmente con la consideración de agente de la autoridad, incorporando nuevas garantías jurídicas vinculadas tanto al ejercicio de sus funciones como a su protección profesional.
Fuente: Ministerio del Interior. Información elaborada periodísticamente por Periódico Policial a partir de la comunicación oficial.

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