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Periódico Policial
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La Audiencia de Madrid absuelve a Samuel Vázquez, la libertad de expresión vence a la normativa electoral

La nueva resolución subraya que el derecho fundamental a la libertad de expresión y la participación pública no puede restringirse de forma genérica para los policías

Rafa Cádiz
Colaborador Rafa Cádiz
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La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado una sentencia absolutoria en favor de Samuel Vázquez, portavoz de Seguridad e Inmigración de VOX y presidente de la asociación Una Policía para el Siglo XXI. Esta resolución revoca la condena previa de diez meses de prisión e inhabilitación impuesta por un juzgado de Móstoles, que lo acusaba de un presunto delito electoral.

El proceso judicial se originó por la participación de Vázquez en un acto de campaña en Fuenlabrada en 2023, siendo policía en activo, es más, como él mismo manifestó, trabajaba esa misma noche. En aquella ocasión, el ahora absuelto, participó como profesional de la seguridad, aportando sus conocimientos y experiencia, pero sin pedir el voto en ningún momento. El tribunal de primera instancia fundamentó su condena en el artículo 144.2 de la LOREG (Ley Orgánica de Régimen Electoral General), que prohíbe a policías y militares, entre otros, a participar activamente en actos electorales pidiendo el voto para algún candidato o partido.

No obstante, la Audiencia Provincial ha dado un giro al caso, determinando que no existió el referido delito electoral, lo cual ha celebrado la defensa, ejercida por los abogados Diego Fernández López y Andrés Álvarez Matilla, pues el fallo aplica con rigor la doctrina consolidada tanto del Tribunal Supremo como de la Fiscalía. La nueva resolución subraya que el derecho fundamental a la libertad de expresión y la participación pública no puede restringirse de forma genérica para los policías sin una colisión directa y probada con sus deberes profesionales.

Para la asociación Una Policía para el Siglo XXI, este veredicto es una victoria que legitima la voz de los agentes en el debate público sobre el modelo de seguridad. Asimismo, para VOX, la sentencia representa un importante alivio político, consolidando la postura de que el estatus de policía en activo no debe suponer una anulación de los derechos constitucionales fuera del horario laboral. Este fallo pone freno a una interpretación restrictiva de la norma, protegiendo el derecho a la crítica y participación activa de quienes integran los cuerpos policiales.

Esta absolución no solo limpia el expediente de Samuel Vázquez, sino que también pone freno a una interpretación restrictiva que, en palabras de sus defensores, amenazaba con silenciar la voz crítica dentro del sistema policial, lo cual es más representativo del falso corporativismo de una dictadura, que de un ejercicio de transparencia y salud democrática en un estado de derecho, en pleno siglo 21.

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