Policía Nacional
Procedimiento con detenidos de Policía Nacional y SAMUR-PC 2026/2027
El nuevo procedimiento operativo entró en vigor a principios de este año
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La actuación conjunta con detenidos por parte de Policía Nacional y SAMUR-Protección Civil, es una de las actuaciones más comunes en el desempeño de sus funciones, ya sea para atender una urgencia del detenido, de los intervinientes o para dar cumplimiento a su “Derecho a ser reconocido por el médico forense o su sustituto legal y, en su defecto, por el de la institución en que se encuentre, o por cualquier otro dependiente del Estado o de otras Administraciones Públicas” citado en el artículo 520.2 apartado i) de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Fundamentos
La custodia del detenido es responsabilidad absoluta de la Policía Nacional, actuando como garantes de su integridad física y salud. Así mismo, si el personal de SAMUR-Protección Civil percibe riesgo para su integridad, se solicitará el uso de medidas de seguridad, cuyo grado de aplicación será determinado por el responsable del servicio policial. Si el detenido se niega a recibir asistencia, se respetará su decisión salvo excepciones legales, debiendo SAMUR-Protección Civil formalizar un informe de rechazo de asistencia para el atestado, el cual firmará como testigo, al menos uno de los agentes que allí se encuentren.
Supuestos de actuación
● Servicio urgente: Se solicitará asistencia a través del CIMACC-091, facilitando datos precisos para optimizar el recurso (Soporte Vital Básico, Avanzado, Unidad Yanqui o Romeo). Si procede traslado hospitalario, el detenido será custodiado por agentes policiales en todo momento.
● Servicio NO urgente: Para certificaciones de lesiones o reconocimientos médicos, el traslado al Centro de Apoyo a la Seguridad (CAS) u hospital lo efectuará un indicativo policial. La intervención de SAMUR-Protección Civil será residual y bajo solicitud policial cuando la operatividad lo permita.
● Patologías crónicas sin riesgo: El traslado para asistencia ordinaria será gestionado exclusivamente por dotación policial.
Asistencia a agentes
Ante una asistencia para un componente de la Policía Nacional, se activará prioridad 0 bajo código "10.4", garantizando la custodia del arma reglamentaria y equipamiento por parte de un otro agente o, en caso de no haberlo, solicitando apoyo al CIMACC-091 para su entrega documentada en dependencias policiales.
Cualquier incidencia operativa se resolverá mediante comunicación directa entre el jefe del CIMACC-091 y el mando de guardia de SAMUR-Protección Civil.
Fundamentos
La custodia del detenido es responsabilidad absoluta de la Policía Nacional, actuando como garantes de su integridad física y salud. Así mismo, si el personal de SAMUR-Protección Civil percibe riesgo para su integridad, se solicitará el uso de medidas de seguridad, cuyo grado de aplicación será determinado por el responsable del servicio policial. Si el detenido se niega a recibir asistencia, se respetará su decisión salvo excepciones legales, debiendo SAMUR-Protección Civil formalizar un informe de rechazo de asistencia para el atestado, el cual firmará como testigo, al menos uno de los agentes que allí se encuentren.
Supuestos de actuación
● Servicio urgente: Se solicitará asistencia a través del CIMACC-091, facilitando datos precisos para optimizar el recurso (Soporte Vital Básico, Avanzado, Unidad Yanqui o Romeo). Si procede traslado hospitalario, el detenido será custodiado por agentes policiales en todo momento.
● Servicio NO urgente: Para certificaciones de lesiones o reconocimientos médicos, el traslado al Centro de Apoyo a la Seguridad (CAS) u hospital lo efectuará un indicativo policial. La intervención de SAMUR-Protección Civil será residual y bajo solicitud policial cuando la operatividad lo permita.
● Patologías crónicas sin riesgo: El traslado para asistencia ordinaria será gestionado exclusivamente por dotación policial.
Asistencia a agentes
Ante una asistencia para un componente de la Policía Nacional, se activará prioridad 0 bajo código "10.4", garantizando la custodia del arma reglamentaria y equipamiento por parte de un otro agente o, en caso de no haberlo, solicitando apoyo al CIMACC-091 para su entrega documentada en dependencias policiales.
Cualquier incidencia operativa se resolverá mediante comunicación directa entre el jefe del CIMACC-091 y el mando de guardia de SAMUR-Protección Civil.