Estos equipos están clasificados como armas de menor letalidad y se incorporan como una herramienta adicional para los agentes, cuyo empleo deberá ajustarse en todo momento a las circunstancias concretas de cada actuación.
Uso limitado a agentes con formación específica
La incorporación de estos dispositivos se realizará de forma progresiva.
Durante esta primera fase, únicamente podrán utilizarlos los policías que hayan recibido formación específica para su manejo, tanto en relación con el funcionamiento técnico del equipo como sobre las condiciones en las que puede emplearse.
La utilización de estos dispositivos estará sujeta a los protocolos establecidos y deberá respetar los principios de necesidad, proporcionalidad y seguridad.
Una herramienta adicional dentro de los medios policiales
La incorporación de estos equipos no modifica la obligación de los agentes de valorar previamente, en cada intervención, si resulta necesario recurrir al uso de la fuerza y qué medio resulta proporcional a la situación existente.
Los seis dispositivos eléctricos de control se suman así al equipamiento disponible para la Policía Local de Puerto de la Cruz, con un uso condicionado tanto a la formación previa de los agentes como al cumplimiento de los protocolos establecidos para este tipo de herramientas.
Fuente: Ayuntamiento de Puerto de la Cruz - Policía Local de Puerto de la Cruz. Información elaborada periodísticamente por Periódico Policial a partir de la comunicación oficial.

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