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El SUP reclama suspender el dispositivo para 1.000 migrantes en el Puerto de Ceuta mientras se evalúan sus riesgos
Autor de la imagen: PERIÓDICO POLICIAL

El SUP reclama suspender el dispositivo para 1.000 migrantes en el Puerto de Ceuta mientras se evalúan sus riesgos

El sindicato ha presentado una solicitud formal ante Transportes, la Autoridad Portuaria de Ceuta y Puertos del Estado con quince peticiones sobre protección portuaria, incendios, evacuación, infraestructuras estratégicas y seguridad laboral de los policías. También plantea la reubicación si los informes detectan riesgos incompatibles con el emplazamiento


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El Sindicato Unificado de Policía (SUP) ha presentado una solicitud formal para que se valore la suspensión provisional del dispositivo de acogida para aproximadamente 1.000 personas migrantes previsto en unos 16.000 metros cuadrados del Puerto de Ceuta, mientras se comprueba su compatibilidad con la actividad portuaria y se evalúan las condiciones de seguridad, emergencias y prevención de riesgos.

El escrito, fechado en Madrid el 13 de septiembre de 2026, está dirigido al ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, a la Autoridad Portuaria de Ceuta y a Puertos del Estado. La petición está firmada por Carlos Prieto Conesa, secretario general del SUP, en representación de la organización sindical.

El documento desarrolla quince solicitudes concretas y reclama una respuesta “urgente y expresa”. Entre ellas figuran conocer el título jurídico que permite utilizar los terrenos, identificar los informes técnicos que avalan el emplazamiento, determinar si deben revisarse los instrumentos de protección del puerto y evaluar específicamente los riesgos para los funcionarios de la Policía Nacional.

El sindicato deja expresamente establecido que su planteamiento no cuestiona la atención humanitaria que las administraciones deben proporcionar a las personas acogidas. Su objeción se centra en la idoneidad técnica y de seguridad de la ubicación seleccionada y en las condiciones en las que los policías tendrían que desarrollar su trabajo.

Un dispositivo de unos 16.000 metros cuadrados

El SUP señala en su escrito que el Real Decreto 681/2026, de 25 de agosto, declaró una situación de interés para la Seguridad Nacional en Ceuta al amparo de los artículos 23 y 24 de la Ley 36/2015, de 28 de septiembre.

Según expone la organización, su ámbito territorial comprende, entre otros espacios, los puertos de Ceuta y su duración inicial alcanza hasta el 31 de diciembre de 2026, sin perjuicio de las modificaciones posteriores que puedan haber afectado a sus anexos y alcance.

El sindicato indica asimismo que se ha previsto o acordado la utilización temporal de aproximadamente 16.000 metros cuadrados de las parcelas de la ampliación de Poniente del Puerto de Ceuta para instalar un dispositivo temporal con capacidad cercana al millar de personas.

A partir de estas circunstancias, plantea dudas relacionadas con la protección portuaria, prevención de incendios, gestión de emergencias, continuidad de servicios esenciales y seguridad laboral y operativa de los policías que deban intervenir en el entorno.

Pide conocer el título jurídico y los informes que avalan la instalación

Una de las primeras cuestiones planteadas se refiere a las condiciones jurídicas que permiten ocupar temporalmente los terrenos.

El sindicato sostiene que el uso del dominio público portuario debe contar con el correspondiente título habilitante y resultar compatible con los fines y la explotación normal del puerto conforme a la normativa aplicable.

Por este motivo, solicita consultar la resolución u orden del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible de 5 de septiembre de 2026 por la que, según recoge su escrito, se acuerda utilizar aproximadamente 16.000 metros cuadrados del Puerto de Ceuta.

También reclama el título jurídico de utilización de los terrenos, los informes considerados determinantes y la documentación necesaria para comprobar las condiciones de seguridad de las instalaciones, protección civil, emergencias y prevención de riesgos.

El SUP contempla que esta información pueda facilitarse con los datos personales disociados y suprimiendo aquella documentación que esté legalmente reservada. En ese supuesto, pide que las limitaciones de acceso sean justificadas.

Quiere identificar el informe técnico que consideró compatible el proyecto

Otra de las peticiones consiste en conocer de forma expresa qué informe técnico determinó que la instalación era compatible con el funcionamiento normal del puerto.

La organización solicita que se identifique el órgano responsable de su elaboración, la fecha en la que fue emitido y sus principales conclusiones.

Además, plantea si antes de adoptar la decisión se solicitó una revisión de la Evaluación de Protección del Puerto de Ceuta, regulada en el artículo 10 del Real Decreto 1617/2007.

Si esa revisión no se realizó, el sindicato reclama una explicación técnica de los motivos por los que se consideró innecesaria.

Revisión del Plan de Protección del Puerto

El escrito también pide determinar si la implantación de un dispositivo con alrededor de un millar de personas obliga a modificar o actualizar el Plan de Protección del Puerto de Ceuta.

El SUP menciona específicamente los protocolos relacionados con accesos, áreas restringidas, evacuaciones, emergencias y respuesta frente a incidentes de seguridad.

Su argumentación parte de que una concentración prolongada de estas dimensiones dentro del dominio portuario puede modificar los patrones habituales de acceso, control de personas, evacuación e intervención policial.

La petición se fundamenta, entre otras normas, en el Real Decreto 1617/2007, de 7 de diciembre, relativo a las medidas para mejorar la protección de los puertos y del transporte marítimo.

Instalaciones estratégicas, combustibles y servicios esenciales

La organización sindical solicita además que el organismo competente en materia de protección de infraestructuras críticas determine la posible incidencia del dispositivo sobre infraestructuras estratégicas o servicios esenciales existentes en el entorno.

El análisis debería efectuarse, según su propuesta, sin divulgar información sensible que pueda comprometer la seguridad.

De forma específica, pide evaluar los riesgos derivados de la proximidad a instalaciones relacionadas con combustibles, energía y otros servicios esenciales, estableciendo las medidas preventivas y de protección que correspondan.

Un estudio específico sobre incendios y evacuación

Entre las quince peticiones figura la elaboración de un estudio específico sobre riesgo de incendio, propagación, evacuación y capacidad de respuesta ante una emergencia.

El documento plantea que ese análisis determine los tiempos de intervención, vías de evacuación, aforo máximo, sectorización y accesibilidad para los vehículos de emergencia, además de cualquier otro parámetro técnico relevante.

El objetivo de esta petición es que la capacidad de respuesta quede evaluada antes de consolidar la utilización de las instalaciones.

Evaluación urgente de los riesgos para la Policía Nacional

El escrito dedica una parte específica a los funcionarios de la Policía Nacional que puedan ser destinados a prestar servicio en el dispositivo o su entorno.

El SUP reclama a la Dirección General de la Policía una evaluación urgente de sus riesgos laborales y operativos, apoyándose en diferentes disposiciones del Real Decreto 2/2006, de 16 de enero, sobre prevención de riesgos laborales en la actividad de los funcionarios del entonces Cuerpo Nacional de Policía.

La organización sostiene que una modificación de las condiciones, lugares o modalidades de prestación del servicio debe analizarse para establecer las medidas preventivas correspondientes y determinar si resulta necesario actualizar evaluaciones anteriores.

Efectivos, vehículos, comunicaciones y medios de protección

El sindicato quiere que ese estudio concrete además qué recursos adicionales necesitarían los policías.

Entre los elementos que solicita evaluar se encuentran el número de efectivos, los medios de protección, vehículos, sistemas de comunicaciones, protocolos de intervención y refuerzos.

El análisis debería contemplar la respuesta ante posibles alteraciones del orden público, incendios, evacuaciones, intrusiones u otras emergencias.

El documento añade expresamente las medidas sanitarias y las relacionadas con una eventual exposición a agentes biológicos que puedan resultar necesarias.

Estas peticiones tienen carácter preventivo y no significan que tales incidentes hayan ocurrido o vayan necesariamente a producirse.

El SUP quiere conocer qué ubicaciones alternativas fueron estudiadas

La elección concreta de los terrenos constituye otro de los puntos sobre los que el sindicato solicita explicaciones.

El SUP pide conocer qué emplazamientos alternativos fueron estudiados y qué criterios objetivos llevaron a descartar cada uno de ellos, especialmente si existen otros terrenos incluidos en los instrumentos de declaración de recursos aprobados al amparo de la Ley 36/2015.

También solicita una justificación específica de la elección de las parcelas portuarias conforme a los principios de necesidad, idoneidad, contribución gradual, proporcionalidad, eficiencia, temporalidad e indemnidad que cita del artículo 8 del Real Decreto 681/2026.

Suspensión provisional y posible reubicación

Mientras todas estas cuestiones no hayan sido evaluadas y documentadas, el SUP reclama que se estudien medidas provisionales, incluida la suspensión del dispositivo, para evitar que se consolide una situación que posteriormente pudiera resultar difícil de revertir.

La organización plantea además una petición subsidiaria: si los informes de seguridad, protección portuaria, emergencias o prevención de riesgos detectan riesgos incompatibles o difícilmente compatibles con el emplazamiento, solicita trasladar inmediatamente el dispositivo.

En ese supuesto, propone su ubicación en otros terrenos disponibles fuera del entorno portuario y suficientemente alejados de instalaciones estratégicas o potencialmente peligrosas.

Participación del Comité de Seguridad y Salud y los delegados de prevención

La última de las quince solicitudes pide trasladar las actuaciones al órgano de participación preventiva competente, al correspondiente Comité de Seguridad y Salud y a los delegados de prevención.

El objetivo es que estos órganos puedan desarrollar sus funciones de información, consulta, vigilancia y propuesta previstas en la normativa aplicable.

El sindicato advierte en el escrito de que continuar con las actuaciones sin una evaluación completa de los riesgos que plantea podría tener, a su juicio, consecuencias difíciles de revertir ante un eventual incidente.

Además, se reserva el ejercicio de las acciones sindicales, administrativas y jurisdiccionales que considere procedentes para defender la integridad física y los derechos profesionales de sus afiliados y del conjunto de funcionarios de la Policía Nacional.

El SUP reclama finalmente una respuesta urgente y expresa por considerar que las cuestiones planteadas afectan tanto a la protección de la población y las instalaciones como a la seguridad de los policías que tendrían que intervenir ante cualquier incidencia.



Fuente: Sindicato Unificado de Policía (SUP). Documento oficial remitido directamente a Periódico Policial. Información elaborada periodísticamente por Periódico Policial a partir de la documentación recibida.


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