El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la condena de cuatro años y cinco meses de prisión impuesta a un hombre por agredir a su pareja con un hacha en la cabeza durante una discusión ocurrida en julio de 2024 en la localidad de Villasinta de Torío (León).
La resolución ratifica íntegramente la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de León, que consideró probado que el acusado cometió un delito de lesiones con instrumento peligroso, agravado por la relación de parentesco existente con la víctima.
La agresión se produjo durante una discusión en el domicilio
Según los hechos declarados probados, la pareja convivía en el mismo domicilio cuando, sobre las 19:00 horas del 13 de julio de 2024, se produjo una discusión.
Durante el enfrentamiento, el acusado golpeó a la mujer con un hacha en la cabeza. El tribunal considera acreditado que actuó con la intención de causarle lesiones o atentar contra su integridad física, aunque no ha quedado demostrado que pretendiera acabar con su vida, motivo por el que fue absuelto del delito de asesinato en grado de tentativa.
Como consecuencia del golpe, la víctima sufrió una herida inciso-contusa en la región frontal, una pequeña laceración en la zona occipital y en el dorso nasal, además de múltiples lesiones y equimosis en brazos y piernas provocadas por la caída al suelo tras la agresión.
La mujer necesitó asistencia médica inmediata y la sutura de la herida frontal. Tardó siete días en recuperarse y le quedó como secuela una pequeña cicatriz lineal en la parte superior izquierda de la frente, considerada un perjuicio estético leve. La resolución judicial precisa que las lesiones no llegaron a comprometer su vida.
Un vecino alertó a los servicios de emergencia
Tras la agresión, la víctima consiguió salir a la calle, donde fue vista por un vecino que avisó inmediatamente a los servicios sanitarios y a las fuerzas de seguridad.
El agresor abandonó posteriormente el lugar a bordo de una furgoneta.
Los primeros en atender a la mujer fueron agentes de la Policía Local, que posteriormente contaron con el apoyo de la Guardia Civil. Finalmente, la víctima fue trasladada a un centro hospitalario para recibir tratamiento por las lesiones sufridas.
El acusado permanece en prisión provisional comunicada y sin fianza desde el 14 de julio de 2024, por decisión del Juzgado de Instrucción número 5 de León.
Se mantiene la condena y las medidas de alejamiento
La sentencia confirma la condena de cuatro años y cinco meses de prisión, así como la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
Además, mantiene la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la víctima, de su domicilio o de su lugar de trabajo durante cinco años y cinco meses, así como la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio durante el mismo periodo.
El tribunal también confirma la absolución del acusado por el delito de amenazas del que igualmente había sido acusado.
Durante el juicio ambos negaron la agresión
En el juicio celebrado en abril de 2026 ante la Audiencia Provincial de León, tanto la víctima como el acusado negaron que la agresión hubiera ocurrido, a pesar de que en sus primeras declaraciones ambos habían reconocido el ataque.
Los dos sostuvieron que las lesiones se produjeron cuando la mujer, tras consumir bebidas alcohólicas junto al acusado, salió al patio con el perro y cayó sobre unos escombros.
Sin embargo, esa versión fue contradicha por las primeras manifestaciones realizadas por la víctima a los agentes que acudieron al domicilio tras el aviso del vecino.
Las primeras declaraciones y el informe médico fueron determinantes
Nada más ser auxiliada, la mujer manifestó a los agentes que su pareja la había golpeado con un hacha en la frente y aseguró que las agresiones se venían produciendo de forma continuada durante los cuatro años anteriores.
Esa misma versión la mantuvo posteriormente ante los agentes en el hospital y en dependencias de la Guardia Civil.
Asimismo, el informe médico elaborado el mismo día de los hechos reflejaba que la víctima presentaba un cuadro compatible con síndrome de adulto maltratado.
La sentencia también recoge que el condenado contaba con antecedentes por violencia doméstica.
Fuente: Diario de León.
